Registros Encontrados:801
531-2003-SUNARP-TR-L (Texto completo)
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IMPROCEDENCIA DE RECTIFICACIÓN DE CALIDAD DE BIEN Mediante el título alzado se solicita la rectificación del asiento 002 de la partida registral signada con el código de predio Nº P03198965 del Registro Predial Urbano, a efectos que se extienda el asiento rectificatorio en el cual se consigne el nombre de la recurrente como cónyuge del comprador, y en tal sentido se publicite que la titularidad del inmueble le corresponde a la sociedad conyugal conformada por Salomé Huamán Quispe y Felicita Espinal Pacheco.
132-2003-SUNARP-TR-T (Texto completo)
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RECTIFICACION DE ASIENTO REGISTRAL El 10-02-2003, doña Zenaida Morveli Rojas solicitó la inscripción de la rectificación del estado civil del titular del inmueble inscrito en la partida P14067010 del Registro Predial Urbano de Trujillo, por cuanto Daniel Che Vigo adquirió el dominio del inmueble el 04-11-1987, cuando ya era casado con la peticionante, como consta de la partida de matrimonio del 13-09-1974, certificada el 03-08-2001 por la Municipalidad Provincial de La Convención.
418-2003-SUNARP-TR-L (Texto completo)
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INTERVENCIÓN DE COPROPIETARIOS EN REGULARIZACIÓN DE FÁBRICA En el formulario sobre regularización de declaratoria de fábrica de conformidad con los alcances de la Ley Nº 27157 y su Reglamento, deben intervenir todos los copropietarios del bien. La anterior disposición no se aplica si la fábrica o la demolición que se quiere regularizar fue efectuada cuando el bien no pertenecía a los copropietarios.
375-2003-SUNARP-TR-L (Texto completo)
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CALIFICACIÓN DE PARTE NOTARIAL PROVENIENTE DE UN PROCESO JUDICIAL DE OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA La escritura pública otorgada en ejecución de sentencia en el proceso de otorgamiento de escritura pública no constituye título judicial, no resultando aplicables las limitaciones a la calificación contenidas en el segundo párrafo del artículo 2011 del Código Civil.
370-2003-SUNARP-TR-L (Texto completo)
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QUORUM DE SESIÓN DE JUNTA DE PROPIETARIOS Para la determinación del quórum de sesión de junta de propietarios, deberá considerarse únicamente a los propietarios con dominio inscrito.
0224-2003/TDC-INDECOPI (Texto completo)
CONSURSAL ORDINARIO...
En el procedimiento sobre infracción a las normas de libre competencia iniciado contra la Asociación Peruana de Empresas de Seguros - APESEG, El Pacífico Peruano Suiza Compañía de Seguros y Reaseguros, Generali Perú Compañía de Seguros y Reaseguros, Interseguro Compañía de Seguros de Vida S.A., La Positiva Seguros y Reaseguros S.A., Mapfre Compañía de Seguros y Reaseguros, Rímac Internacional Compañía de Seguros y Reaseguros, Royal & Sunalliance Seguros Fénix, Sul América Compañía de Seguros S.A. y Wiese Aetna Compañía de Seguros
364-2003-SUNARP-TR-L (Texto completo)
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COMPUTO DEL PLAZO PARA LA EXTINCIÓN DE LA HIPOTECA Para el cómputo del plazo de caducidad establecido en el segundo párrafo del artículo 3 de la Ley 26639, cuando en un contrato se haya pactado que el vencimiento de las cuotas es mensual y no exista algún período de gracia para dar inicio al cómputo del vencimiento de la primera cuota, debe interpretarse que el pago de la primera armada se efectuará luego de transcurrido un mes de la fecha cierta de celebración del contrato.
114-2003-SUNARP-TR-T (Texto completo)
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CANCELACION DE MEDIDA CAUTELAR POR CADUCIDAD Mediante el título Nº 2772, presentado el 21-03-2003 al Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Piura, don Germán Burneo Vigil solicitó la cancelación de la medida cautelar anotada en el asiento 2-D de la ficha 30955, ahora partida electrónica 00017836, por haber transcurrido más de dos años desde la fecha en que quedó ejecutoriada la decisión que amparó la pretensión garantizada con la referida medida cautelar, conforme lo dispone el primer párrafo del artículo 625 del Código Procesal Civil.
310-2003-SUNARP-TR-L (Texto completo)
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EXPEDICIÓN DE CERTIFICADO DE VIGENCIA CUANDO EXISTE TITULO PENDIENTE DE INSCRIPCIÓN
297-2003-SUNARP-TR-L (Texto completo)
CONVOCATORIA JUDICIAL...
En el proceso de convocatoria judicial, la intervención del juez concluye con la expedición del mandato correspondiente convocando a la junta general. En ese sentido, sin perjuicio de la verificación de las formalidades propias de las resoluciones judiciales correspondientes, la calificación recaerá sobre los demás aspectos derivados, tales como el quorum y mayorías estatutarias exigibles para la formación de la voluntad social de la junta general, las formalidades de los documentos, su adecuación con el antecedente registral, entre otros aspectos.
076-2003-SUNARP-TR-A (Texto completo)
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ACCION PAULIANA O REVOCATORIA Se solicita la inscripción de la sentencia Nº 219-2000, (que ya obra inscrita en el asiento D 00007, rubro gravámenes y cargas), en el rubro títulos de dominio de la ficha Nº 97389 la que continua en la partida electrónica Nº 01121012 del Registro de Propiedad Inmueble de Arequipa.
307-2003-SUNARP-TR-L (Texto completo)
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CANCELACIÓN DE HIPOTECA Mediante el título venido en grado se solicita, al amparo de la Ley W 26639, la cancelación de la hipoteca hasta por la suma de US$ 34,400.00 constituida por Juan Carlos Ramos Velásquez y su cónyuge a favor de Sergio Porlles Quispe, inscrita en el asiento 3-d) de la ficha N° 1152364 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima.
297-2003-SUNARP-TR-L (Texto completo)
CONVOCATORIA JUDICIAL...
En el proceso de convocatoria judicial, la intervención del juez concluye con la expedición del mandato correspondiente convocando a la junta general. En ese sentido, sin perjuicio de la verificación de las formalidades propias de las resoluciones judiciales correspondientes, la calificación recaerá sobre los demás aspectos derivados, tales como el quorum y mayorías estatutarias exigibles para la formación de la voluntad social de la junta general, las formalidades de los documentos, su adecuación con el antecedente registral, entre otros aspectos.
292-2003-SUNARP-TR-L (Texto completo)
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CADUCIDAD DE HIPOTECA Conformé al artículo 3B de la Ley Nº 26639, las inscripciones de las hipotecas se extinguen a los 10 años de las fechas de las inscripciones, si no fueren renovadas, y cuando se trata de gravámenes, que garantizan créditos, se extinguen a los 10 años de la fecha de vencimiento del plazo del crédito garantizado.
225-2003-SUNARP-TR-L (Texto completo)
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INTERVENCIÓN DE VERIFICADORES AD HOC Corresponde al Verificador Responsable determinar la pertinencia de solicitar el Informe Técnico de Verificación Ad-Hoc, en los supuestos previstos en el artículo 11 del Reglamento de la Ley N° 27157. Sin embargo, el Registrador podrá exigir la constancia del cumplimiento de la comunicación a la entidad rectora y el pago respectivo, en los casos en los que, de la partida registral o del título presentado, se evidencie la existencia de alguna de las condiciones señaladas en el precitado artículo.
216-2003-SUNARP-TR-L (Texto completo)
ELECCIÓN DE GERENTE EN SESIÓN DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN...
En la sesión del consejo de administración, se eligió al presidente, al vice - presidente y al secretario de dicho consejo, correspondiendo por tanto a los demás consejeros, la función de vocales. El ejercicio de la función de vocal, no es incompatible con la función de gerente. Asimismo, nada impide que la designación del gerente se realice en la misma sesión en que se instala el consejo de administración y distribuye los cargos. En el caso de autos, al haber sido dicha persona, elegida como gerente en la misma sesión en la que se distribuyen los cargos en el seno del consejo de administración, ello no implica, que el cargo de gerente, forme parte de dicho consejo. A mayor abundamiento, al pie del acta suscribe referida persona como "vocal y gerente".
216-2003-SUNARP-TR-L (Texto completo)
ELECCIÓN DE GERENTE EN SESIÓN DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN...
En la sesión del consejo de administración, se eligió al presidente, al vice - presidente y al secretario de dicho consejo, correspondiendo por tanto a los demás consejeros, la función de vocales. El ejercicio de la función de vocal, no es incompatible con la función de gerente. Asimismo, nada impide que la designación del gerente se realice en la misma sesión en que se instala el consejo de administración y distribuye los cargos. En el caso de autos, al haber sido dicha persona, elegida como gerente en la misma sesión en la que se distribuyen los cargos en el seno del consejo de administración, ello no implica, que el cargo de gerente, forme parte de dicho consejo. A mayor abundamiento, al pie del acta suscribe referida persona como "vocal y gerente".
162- 2003-SUNARP-TR-L (Texto completo)
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"Plazo de crédito garantizado. La fecha de vencimiento del plazo de crédito garantizado y su modificación, tanto en el contrato de mutuo como en los demás actos y contratos de los que surjan obligaciones garantizadas por gravámenes inscritos, requerirán acceder al registro en atención a las consecuencias registrales que el segundo párrafo del artículo 3° de la Ley N° 26639 le otorga a dicho plazo".
048-2003-SUNARP-TR-A (Texto completo)
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RECTIFICACIÓN DE ASIENTOS. Se ha solicitado la ampliación del asiento 002 rubro b) de la ficha 90251638 del Registro de Propiedad Inmueble, con la finalidad de que en tal asiento se publicite que la fábrica allí inscrita pertenece a la sociedad conyugal conformada por Carlos Castillo Alvarez y Elsa Encarnación Cárdenas Velasquez de Castillo, y no sólo a esta última persona.
146-2003-SUNARP-TR-L (Texto completo)
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"Transferencia de predios regularizados al amparo de la Ley N° 27157. Es procedente la inscripción de los actos de disposición de dominio de unidades inmobiliarias cuya declaratoria de fábrica fue otorgada vía regularización al amparo de la Ley N° 27157, aun cuando no se cuente con autorización para celebrar contratos de compraventa garantizada ni conste inscrita la recepción de obras de habilitación urbana del terreno sobre el que se levantó la edificación".
133-2003-SUNARP-L (Texto completo)
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"Transferencia de predios regularizados al amparo de la Ley N° 27157. Es procedente la inscripción de los actos de disposición de dominio de unidades inmobiliarias cuya declaratoria de fábrica fue otorgada vía regularización al amparo de la Ley N° 27157, aun cuando no se cuente con autorización para celebrar contratos de compraventa garantizada ni conste inscrita la recepción de obras de habilitación urbana del terreno sobre el que se levantó la edificación".
141- 2003-SUNARP-TR-L (Texto completo)
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"Transferencia de predios regularizados al amparo de la Ley N° 27157 Es procedente la inscripción de los actos de disposición de dominio de unidades inmobiliarias cuya declaratoria de fábrica fue otorgada vía regularización al amparo de la Ley N° 27157, aun cuando no se cuente con autorización para celebrar contratos de compraventa garantizada ni conste inscrita la recepción de obras de habilitación urbana del terreno sobre el que se levantó la edificación".
083-2003-SUNARP-L (Texto completo)
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CANCELACIÓN DE EMBARGO Mediante el título venido en grado se solicita, en virtud del artículo 625 del Código Procesal Civil, la inscripción de la cancelación por caducidad del embargo inscrito en el asiento d-2) de la Ficha Nº 1194971 del Registro de la Propiedad de Lima, hasta por la suma de S/. 8,500.00 nuevos soles, correspondiente al inmueble ubicado en la Calle Las Hiedras, cuadra siete, Lote 19, Manzana H, Urbanización Canto Grande, Unidad 6, Distrito de San Juan de Lurigancho, en mérito a Declaración Jurada presentada por Teresa Barzola Misari, cuya firma ha sido legalizada por el Notario de Lima, Dr. Francisco Torres Krüger el 22 de noviembre de 2002.