Registros Encontrados:801
Nº 243/2006.TC-SU (Texto completo)
PROCESOS DE SELECCION...
Se tiene por desistida de su recurso de revisión a la empresa impugnante atendiendo a lo dispuesto por el artículo 167 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Nº 244/2006.TC-SU (Texto completo)
PROCESOS DE SELECCION...
De conformidad con el artículo 162 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, transcurrido el plazo de dos (2) días sin que se hubiese subsanado la omisión incurrida en su recurso de revisión, el Tribunal rechazará el recurso y ordenará el archivamiento del expediente.
Nº 245/2006.TC-SU (Texto completo)
PROCESOS DE SELECCION...
De conformidad con el artículo 162 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, transcurrido el plazo de dos (2) días sin que se hubiese subsanado la omisión incurrida en su recurso de revisión, el Tribunal rechazará el recurso y ordenará el archivamiento del expediente.
Nº 246/2006.TC-SU (Texto completo)
PROCESOS DE SELECCION...
La integración de Bases no es un acto que pueda ser impugnado a través de los recursos administrativos que establece la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Nº 233/2006.TC-SU (Texto completo)
PROCESOS DE SELECCION...
El recurso de revisión que no cumple con los requisitos exigidos por el artículo 162 del Reglamento deviene en inadmisible.
Nº 234/2006.TC-SU (Texto completo)
PROCESOS DE SELECCION...
Declara improcedente el recurso de revisión, de conformidad con el numeral 5 del artículo 171 del Reglamento.
Nº 235/2006.TC-SU (Texto completo)
PROCESOS DE SELECCION...
Declara inadmisible el recurso de revisión por no cumplir con los requisitos exigidos por el artículo 162 del Reglamento.
Nº 236/2006.TC-SU (Texto completo)
PROCESOS DE SELECCION...
Declarar improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por el Hospital Rezola de Cañete.
Nº 237/2006.TC-SU (Texto completo)
PROCESOS DE SELECCION...
Corresponde sancionar a la empresa consorciada SUGAR E.I.R.L. por haber incurrido en la infracción tipificada en el inciso f) del artículo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N.° 013-2001-PCM.
Nº 238/2006.TC-SU (Texto completo)
PROCESOS DE SELECCION...
Corresponde sancionar a la empresa SERVI REPRESENTACIONES GENERALES S.R.L. por haber incurrido en la infracción tipificada en el inciso b) del artículo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N.° 013-2001-PCM.
Nº 232/2006.TC-SU (Texto completo)
PROCESOS DE SELECCION...
La Sala declara infundado el recurso de revisión presentado por la empresa Bayer S.A., de conformidad con el numeral 1) del artículo 171 del Reglamento de la materia.
Nº 229/2006.TC-SU (Texto completo)
PROCESOS DE SELECCION...
Los documentos que presenten defectos referidos a errores u omisiones que impliquen la modificación o alcance de la propuesta, podrán ser subsanados, debiendo el Comité Especial otorgar el plazo de dos días para tal efecto.
Nº 306/2006.TC-SU (Texto completo)
PROCESOS DE SELECCION...
La Sala declara fundado el recurso de revisión presentado por la empresa Servicios Ecológicos Diferenciados S.A.C.., en aplicación de lo dispuesto por el numeral 2 del artículo 171 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM.
Nº 227/2006.TC-SU (Texto completo)
PROCESOS DE SELECCION...
Declara nulo el proceso de selección, de conformidad con el numeral 4 del artículo 171 del Reglamento de la materia.
Nº 228/2006.TC-SU (Texto completo)
PROCESOS DE SELECCION...
La Sala declara no ha lugar a la aplicación de sanción administrativa a Eduardo Wadsworth Murgueytio al no haberse configurado el supuesto previsto en el literal f) del artículo 205 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM.
Nº 230/2006.TC-SU (Texto completo)
PROCESOS DE SELECCION...
De acuerdo con el artículo 167 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, es procedente el desistimiento durante la tramitación del recurso de revisión, mediante escrito con firma legalizada del postor ante Notario Público o ante la Secretaría del Tribunal.
Nº 231/2006.TC-SU (Texto completo)
PROCESOS DE SELECCION...
El recurso de revisión que no cumple con los requisitos exigidos por el artículo 162 del Reglamento deviene en inadmisible.
Nº 224/2006.TC-SU (Texto completo)
PROCESOS DE SELECCION...
Declara inadmisible el recurso de revisión por no cumplir con los requisitos exigidos por el artículo 162 del Reglamento.
Nº 225/2006.TC-SU (Texto completo)
PROCESOS DE SELECCION...
Declara fundado el recurso de revisión interpuesto, y ordena que la Entidad proceda a elaborar la liquidación de cuentas de conformidad con lo dispuesto en las Resoluciones Nº 856/2003.TC-S1 y Nº 011/2004.TC-S1.
Nº 226/2006.TC-SU (Texto completo)
PROCESOS DE SELECCION...
Declara inadmisible el recurso de revisión por no cumplir con los requisitos exigidos por el artículo 162 del Reglamento.
Nº 223/2006.TC-SU (Texto completo)
PROCESOS DE SELECCION...
Las Bases Administrativas constituyen las reglas del proceso de selección y deben ser respetadas por los postores y la Entidad.
Nº 220/2006.TC-SU (Texto completo)
PROCESOS DE SELECCION...
La Entidad podrá declarar la nulidad de oficio del proceso siempre y cuando concurran las causales previstas en el artículo 57 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. La Entidad no podrá utilizar la facultad de declarar la nulidad de oficio del proceso para pronunciarse respecto de un recurso de apelación que no ha sido resuelto en su oportunidad.
Nº 221/2006.TC-SU (Texto completo)
PROCESOS DE SELECCION...
De conformidad con el artículo 162 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, transcurrido el plazo de dos (2) días sin que se hubiese subsanado la omisión incurrida en su recurso de revisión, el Tribunal rechazará el recurso y ordenará el archivamiento del expediente.
Nº 222/2006.TC-SU (Texto completo)
PROCESOS DE SELECCION...
Es improcedente el recurso de revisión dirigido contra la resolución que se pronuncia respecto de un recurso de apelación con motivo de una adjudicación directa selectiva de acuerdo a lo establecido por el numeral 1 del artículo 161 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
214-2006-SUNARP-TR-L (Texto completo)
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REGULARIZACION DE EDIFICACIONES SOBRE PREDIOS UBICADOS EN ZONAS URBANAS CONSOLIDADAS - ACTO CUYA INSCRIPCIÓN SE SOLICITA Y DOCUMENTACIÓN PRESENTADA