Fijan índices de corrección monetaria para determinar el costo computable de inmuebles enajenados durante el Ejercicio Gravable 2004

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 031-2005-EF/15

Lima, 28 de enero de 2005

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y norma modificatoria, se dispone que para efecto de determinar el costo computable de los inmuebles enajenados durante el Ejercicio Gravable del año 2004, se reajustará el valor de los mismos por los índices de corrección monetaria que establece el Ministerio de Economía y Finanzas, en base a los índices de Precios al Por Mayor proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI);

Que en tal sentido, es conveniente fijar los referidos índices de corrección monetaria;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Para efecto de lo establecido en el Artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y norma modificatoria, en las enajenaciones de inmuebles realizadas durante el año 2004 por personas naturales, se ajustará vía declaración jurada del Impuesto a la Renta, el valor de adquisición, de construcción p de ingreso al patrimonio, según sea el caso, multiplicándolo por el índice de corrección monetaria, correspondiente al año de adquisición del inmueble de acuerdo a la tabla que como anexo forma parte de la presente Resolución.
Regístrese y comuniqúese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI G.
Ministro de Economía y Finanzas

ANEXO

AÑOS
INDICE DE CORRECCIÓN MONETARIA
2004
2003
2002
2001
2000
1999
1998
1997
1996
1995
1994
1993
1992
1991
1990
1989
1988
1987
1986
1985
1984
1983
1982
1981
1980
1979
1978
1977
1976
1975
1974
1973
1972
1971
1,00
1,05
1,07
1.06
1.07
1,12
1,18
1,26
1,35
1,48
1,64
1,93
2,85
4,48
18,19
1 243,59
32 461,13
236 270,43
357 890,84
573 691,17
1 571 446,07
3 458 864,06
7 371 551,05
11 522 322,32
19 369 736,11
29 652 017,99
50 527 760,55
88 905 409 90
130 253 295 89
180 392 339 65
223 481619 00
261 027870 79
286 033 825 46
306 369 226 74

02015

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