Modifican Factores de Reajuste aplicables a Obras de Edificación del Sector No Público para las seis áreas geográficas, correspondiente a los meses de junio y julio de 2012 Lima, 17 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Jefaturales N°s. 187 y 207-2012-INEI, se aprobaron los Factores de Reajuste que deben aplicarse a las Obras de Edificación, correspondientes a las seis (06) áreas geográficas para las Obras del Sector Privado por variación de precios de todos los elementos que intervienen en el costo de dichas obras, ejecutadas en los meses de junio y julio último; Que, en la Convención Colectiva de Trabajo y bajo el Expediente N°42494-2012-MTPE/1/20.21, con fecha 16 de agosto de 2012, se ha suscrito el Acta Final de Negociación Colectiva en construcción Civil 2012-2013, registrada con el N° 168-2012-MTPE/1/20.21, por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el 4 de setiembre de 2012, en la que como resultado de la negociación directa del pliego de reclamos, se acordó entre otros, otorgar incrementos diarios sobre el jornal básico de los trabajadores de Construcción Civil, a partir del 1 de junio de 2012; Que, resulta pertinente modificar los Factores de Reajuste que se deben aplicar a las Obras de Edificación para las seis (06) áreas geográficas correspondientes a los meses de junio y julio de 2012; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo Unico.- Modificar los Factores de Reajuste que deben aplicarse a las Obras de Edificación del Sector No Público para las seis (6) áreas geográficas, correspondiente a los meses de junio y julio de 2012, que se indica a continuación: Regístrese y comuníquese. ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RIOS |