Lima, 12 de enero de 2005
CIRCULAR Nº CS-10-2005
AS-10-2005
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Ref.: Actualización del capital social
mínimo correspondiente al año 2005
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Señor
Gerente General:
Sírvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y "Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, esta Superintendencia dispone la actualización de los capitales mínimos de las empresas corredoras de seguros y auxiliares de seguros para el año 2005, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución SBS Nº 816-2004 del 27 de mayo de 2004.
En tal sentido, se indica a continuación la información referida en el párrafo anterior:
ACTUALIZACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL MÍNIMO DE LAS EMPRESAS CORREDORAS DE SEGUROSY AUXILIARES DE SEGUROS CORRESPONDIENTE AL AÑO 2005 (EN NUEVOS SOLES) | |
1. Empresas Corredoras de Seguros1 | 16 500,00 |
2 Empresas Auxiliares de seguros1 2.1. Ajustadores de Siniestros 2.2. Peritos de Seguros | 16 500,00 16 500,00 |
1 Capital social = 5 UIT, actualización sobre la base de la UIT para el año 2005
Atentamente,
JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN
Superintendente de Banca y Seguros
00717