RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 001-2010-EF/15

Lima, 4 de enero de 2010

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Artículo 21 ° del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N° 179-2004-EF y hormas modificatorias, se dispone que para efecto de determinar el costo computable de los inmuebles enajenados se reajustará el valor de los mismos por los índices de corrección monetaria que establece el Ministerio de Economía y Finanzas, en base a los índices de Precios al Por Mayor proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI);

Que, conforme al artículo 11° del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N° 122-94-EF y normas modificatorias, los índices de Corrección Monetaria serán fijados mensualmente por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, la cual será publicada dentro de los primeros cinco (5) días calendario de cada mes;

Que en tal sentido, es conveniente fijar los referidos índices de corrección monetaria aplicables al valor de los inmuebles enajenados durante el mes de diciembre de 2009;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Para efecto de lo establecido en el Artículo 21° del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N° 179-2004-EF y normas modificatorias, y de conformidad con lo previsto en el artículo 11 ° del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N° 122-94-EF y normas modificatorias, en las enajenaciones de inmuebles realizadas durante el mes de diciembre de 2009 por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales, el valor de adquisición, de construcción o de ingreso al patrimonio, según sea el caso, se ajustará multiplicándolo por el índice de corrección monetaria correspondiente al mes y año de adquisición del inmueble, de acuerdo a la tabla que como anexo forma parte de la presente Resolución.

El referido anexo será publicado en el portal del Internet del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) en la misma fecha en que sea publicada esta Resolución.

Ver anexo

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ
Ministra de Economía y Finanzas

441553-1

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