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APRUEBAN INDICES UNIFICADOS DE PRECIOS

CORRESPONDIENTES AL MES DE JUNIO DE 1998

Resolución Jefatural Nº 203 98 INEI

 

Lima, 17 de julio de 1998

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la Undécima Disposición Complementariay Transitoria del Decreto Ley Nº 25862, transfiere

al Instituto Nacional de Estadística e Informática(INEI) las funciones de elaboración de los Indices

Unificados de Precios para la aplicación de lasFórmulas Polinómicas de Reajuste Automático de

los elementos que determinen el costo de las obras;

 

Que, la Dirección Técnica de IndicadoresEconómicos ha elaborado el Informe Nº

02-03 98 DTIE, referido a los Indices Unificados de preciospara las seis (6) Areas Geográficas

1, 2, 3, 4, 5 y 6, correspondientes al mes de junio de1998, y que cuenta con la aprobación de la

Comisión Técnica del INEI;

 

Que, en consecuencia, es necesario aprobar dichos Indices,y la publicación del Boletín Mensual

que contiene la información oficial de los IndicesUnificados de Precios; y,

 

En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo6 del Decreto Legislativo Nº 604;

 

SE RESUELVE:

 

Artículo 1.- Aprobar los Indices Unificados dePrecios para las seis (6) Areas Geográficas correspondientes almes de junio de 1998, que en Anexo debidamente autenticado forma parteintegrante de la presente Resolución.

 

Artículo 2.- Los departamentos que comprenden lasAreas Geográficas a que se refiere el Art. 1,

son los siguientes:

 

Area 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca,Amazonas y San Martín

Area 2: Ancash, Lima, Provincia Constitucional del Callaoe Ica

 

Area 3: Huánuco, Pasco, Junín, Huancavelica,Ayacucho y Ucayali

 

Area 4: Arequipa, Moquegua y Tacna

 

Area 5: Loreto

 

Area 6: Cusco, Puno, Apurímac y Madre de Dios.

 

Artículo 3.- Los Indices Unificados de Precios,corresponden a los materiales, equipos,

herramientas, mano de obra y otros elementos e insumosde la construcción, agrupados por

elementos similares y/o afines. En el caso de productosindustriales, el precio utilizado es el de

venta FOB fábrica incluyendo los impuestos de leyy sin considerar fletes.

 

Regístrese y comuníquese.

 

FELIX MURILLO ALFARO

Jefe

 

(*Ver Anexo en el Diario Oficial El Peruano publicadoen la fecha).

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