Lima, 30 de abril del 2010

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 10° del Decreto Legislativo N° 502, el Instituto Nacional de Estadística e Informática publicará en el Diario Oficial El Peruano, con carácter de Norma Legal, la variación mensual que haya experimentado el índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana;

Que, asimismo la Primera Disposición Final del Decreto Legislativo N° 510, dispone que el INEI, deberá publicar mensualmente con carácter de Norma Legal, la Variación Acumulada del índice de Precios al Consumidor, con respecto al índice del mes de diciembre del año anterior;

Que, en el mes de enero del 2010 se realizó la revisión de la metodología y de los procedimientos de cálculo del índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, estableciéndose como período Base: Año 2009=100,00;

Que, por consiguiente, es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual del índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, correspondiente al mes de abril del 2010 y la Variación Acumulada del Índice de Precios al Consumidor con respecto al mes de diciembre del 2009, así como aprobar la publicación del Boletín Mensual que contiene la información oficial de precios al consumidor;

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Decreto Legislativo N° 604, "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática".

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, (Base: Año 2009 = 100,00) correspondiente al mes de abril del 2010, así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada.

AÑO 2010 MES

NÚMERO ÍNDICE

VARIACIÓN PORCENTUAL

MENSUAL   

ACUMULADA

ENERO FEBRERO MARZO
ABRIL

100,40 100,73 101,01 101,03

0,30
0,32
0,28
0,03

0,30
0,62
0,90
0,93

 

Artículo 2°.- Aprobar la publicación del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, correspondiente al mes de abril del 2010, documento que contiene la Información Oficial del índice de Precios al Consumidor.

Regístrese y comuníquese.

RENÁN QUISPE LLANOS
Jefe
488536-1

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