Modifican Factores de Reajuste que se deben aplicar a las Obras de Edificación del Sector No Público para las seis áreas geográficas, correspondientes al período junio - agosto de 2004

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 271-2004-INEI

Lima, 28 de setiembre del 2004

CONSIDERANDO:

Que, con las Resoluciones Jefaturales Nºs. 198, 227 y 262-2004INEI, se aprobaron los Factores de Reajuste que se deben aplicar a las Obras de Edificación, correspondientes a las seis (6) áreas geográficas para las Obras del Sector Privado por variación de precios de todos los elementos que intervienen en el costo de dichas obras;

Que, mediante Auto Subdirectoral de la Subdirección de Negociaciones Colectivas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de fecha 15 de setiembre del 2004, como resultado de la negociación directa del pliego de reclamos se dispuso el registro del Convenio Colectivo Nº 131-2004 del 9 de setiembre del 2004, por acuerdo de Negociación Colectiva Acumulada de Construcción Civil en el Expediente Acumulado Nº 38494-2004-DRTPEL-DPSCrSDNC y que resuelve otorgar incrementos diarios, sobre el jornal básico de los trabajadores de Construcción Civil, a partir del 1 de junio del 2004 al 31 de mayo del 2005;

Que, en consecuencia es necesario modificar los Factores de Reajuste que se deben aplicar a las Obras de Edificación para las seis (6) áreas geográficas correspondientes a los meses comprendidos entre junio y agosto del 2004;

En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática.

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Modificar los Factores de Reajuste que se deben aplicar a las Obras de Edificación del Sector No Público para las seis (6) áreas geográficas, correspondientes al período comprendido entre junio y agosto del 2004, cuyo cuadro adjunto forma parte de la presente Resolución.

Regístrese y comuniqúese.
EMILIO FARID MATUK CASTRO
Jefe
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