RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 241-2007-INEI

Lima, 16 de agosto de 2007

CONSIDERANDO:

Que, con la Resolución Jefatural N° 217-2007 INEI, se aprobaron los Factores de Reajuste qué se deben aplicar a las Obras de Edificación, correspondientes a las seis (06) áreas geográficas para las Obras de¡ Sector Privado por variación de precios de todos los elementos que intervienen en el costo de dichas obras del mes de junio;

Que, mediante Convención Colectiva de Trabajo, bajo el expediente N° 82546-2007-MTPE/2/12.210 se ha suscrito con fecha 25 de julio del 2007, el Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2007-2008, registrada con fecha 31 de julio del 2007 por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con el número 135-2007; como resultado de la negociación directa del pliego de reclamos, se acordó otorgar incrementos diarios, sobre el jornal básico de los trabajadores de Construcción Civil. a partir del 1 de junio del 2007,

Que, en consecuencia es necesario modificar los Factores de Reajuste que se deben aplicar a las Obras de Edificación para las seis (06) áreas geográficas correspondientes al mes de junio del 2007;

En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6° del Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Modificar los Factores de Reajuste que se deben aplicar a las Obras de Edificación del Sector No Público para las seis (6) áreas geográficas, correspondientes al mes de junio del 2007, cuyo cuadro debidamente autenticado, forma parte de la presente Resolución.

Regístrese y comuníquese.

RENÁN QUISPE LLANOS
Jefe
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